Prisioneros politicos

Conceden amnistía a Juvenal Ovidio Ricardo Palmera (Simón Trinidad), exintegrante de las FARC-EP

 

La Jurisdicción Especial para la Paz de Colombia (JEP) concedió amnistía por el delito de rebelión y daño en bien ajeno correspondiente a 20 procesos a Juvenal Palmera, exintegrante de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP).

El delito de rebelión hace parte de los delitos políticos, a los cuales se les puede aplicar la amnistía de derecho o de iure.

Se trata de cinco procesos en los cuales Palmera Pineda fue condenado o acusado en la justicia ordinaria y otros 15 en los que no existía una condena o acusación.

La Sala de Amnistía o Indulto además entrará a estudiar otros cinco procesos que requieren mayor análisis para determinar si las conductas de Palmera Pineda en esos hechos son susceptibles de amnistía o, por el contrario, debe ser remitido a la Sala de Reconocimiento de Verdad o a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP.

A febrero de 2025, la Sala de Amnistía o Indulto ha realizado 4.238 trámites de amnistía con comparecientes de las Farc-EP. Entre 2017 y 2018, el Gobierno colombiano amnistió a más de 9.700 integrantes de las extintas Farc-EP por delitos políticos.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas se encuentra estudiando los procesos de aproximadamente 80 exintegrantes y antiguos colaboradores de las extintas Farc-EP que participaron en crímenes no amnistiables, pero que no han sido catalogados como máximos responsables en crímenes cometidos durante el conflicto.

La JEP concede la amnistía de derecho (o de iure) por los delitos de rebelión y daño en bien ajeno a Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, conocido como ‘Simón Trinidad’ en las extintas Farc-EP, en 20 procesos que estudió la Sala de Amnistía o Indulto y que el compareciente tenía en curso en la justicia ordinaria.

La rebelión y el daño en bien ajeno son conductas a las cuales se puede aplicar la amnistía de iure al tratarse de delitos políticos o conexos al delito político, según lo indicado en la Ley 1820 de 2016 y en la Ley Estatutaria de la JEP, en concordancia con lo estipulado en el Acuerdo Final de Paz.

Se trata, en primer lugar, de dos procesos por los cuales Palmera Pineda fue condenado en calidad de autor por el delito de rebelión. En ambas sentencias del 2004, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Valledupar lo condenó, en un primer proceso, a treinta y cinco años de prisión al encontrarlo responsable, en calidad de determinador, del delito de secuestro extorsivo agravado, y, en calidad de autor, del delito de rebelión; y, en un segundo proceso, lo condenó a una pena de seis años y medio, al encontrarlo responsable del delito de rebelión.

Los otros tres procesos por los que se concede la amnistía a Palmera Pineda corresponden a actuaciones de la Fiscalía 43 Especializada de Villavicencio y de la Fiscalía 19 Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario que lo acusaron y procesaron por el delito de rebelión. Y un proceso de la Unidad Especializada de Terrorismo de Bogotá que acusó y procesó a Palmera por los delitos de rebelión y daño en bien ajeno.

De otra parte, la Sala de Amnistía analizó otros 15 procesos en los que, si bien se vincula a Palmera Pineda, las actuaciones penales no llegaron a una fase que lograra demostrar su culpabilidad o participación. En estos procesos, Palmera Pineda era vinculado al ser identificado como una figura importante al interior de las extintas Farc-EP, pero la Fiscalía no logró demostrar que Palmera tuviera capacidad para ordenar que se cometieran los hechos.

En estos procesos la Sala procedió a hacer una recalificación de las conductas, pues no llegaron a una etapa de condena ni acusación, de modo que el único delito demostrable por el que puede ser vinculado Palmera Pineda en estos hechos es el de rebelión. Así, la Sala procedió a conceder la amnistía de iure al compareciente en estos 15 procesos que tenía en curso en la justicia ordinaria.

En cuanto a otros cinco procesos en los que Palmera Pineda se encuentra vinculado, estos requieren de un análisis más detallado de la Sala de Amnistía o Indulto y pasan a una instancia de evaluación y contrastación muy rigurosa en la que participan varios o todos los magistrados de la Sala, y que cuenta también con la participación de las víctimas, para determinar si las conductas de Palmera Pineda en esos hechos son susceptibles de concederle la amnistía o si, por el contrario, se determina que debe ser remitido a la Sala de Reconocimiento de Verdad para vincularlo al macrocaso que corresponda, al considerarlo como posible máximo responsable. También puede ser remitido a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas si se considera que no es un máximo responsable.

Entre esos cinco hechos que pasarán por la lupa de los magistrados de la Sala se encuentra el secuestro y asesinato de la exministra de Cultura Consuelo Araújo Noguera, cometido en septiembre de 2001. Por este hecho la Fiscalía 23 Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de Bogotá acusó a Palmera Pineda por los delitos de homicidio agravado en persona protegida, secuestro extorsivo en concurso homogéneo y sucesivo; como presunto responsable en calidad de coautor del delito de rebelión; y como presunto responsable en calidad de determinador del delito de desaparición forzada.

El otro hecho por el que se encuentra vinculado Palmera Pineda, y que pasará por este análisis riguroso de la Sala, es la Masacre de Bojayá, cometida en mayo de 2002. Por estos hechos la Fiscalía 37 de la Unidad de Apoyo a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y DIH de Medellín (Antioquia) acusó Palmera, en calidad de coautor intelectual, por los delitos de homicidio en persona protegida, lesiones personales en persona protegida, actos de terrorismo, utilización de medios y métodos de guerra ilícitos, destrucción de bienes e instalaciones de carácter sanitario, destrucción o utilización ilícita de bienes culturales y de lugares de culto, y como autor material del delito de rebelión.

Adicionalmente, la Sala se inhibió de pronunciarse en otros 21 procesos contra Palmera Pineda, en los cuales el trámite ya finalizó en la justicia ordinaria, o bien porque fue absuelto o porque la investigación ya precluyó.

Palmera Pineda fue extraditado a Estados Unidos el 31 de diciembre de 2004. Actualmente, se encuentra privado de la libertad en la Penitenciaría Administrativa de Máxima Seguridad de Florence, Colorado, donde paga una condena de 60 años de cárcel por el secuestro de tres estadounidenses, cometido en febrero de 2003.

Para que tengan efecto las amnistías en los procesos mencionados, el compareciente debe firmar un acta de compromiso de dejación de armas, según lo estipulado en el artículo 7 del Decreto Ley 277 de 2017. Por ello, la Secretaría Ejecutiva de la JEP deberá realizar los trámites necesarios, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, para garantizar la firma de este compromiso.

Con respecto a la libertad de Palmera Pineda, esta resolución no tiene facultades para modificar su estatus actual en la justicia estadounidense. Sin embargo, sí deja sin efecto las órdenes de captura que existan en contra de Palmera Pineda por esos procesos como garantía en caso de que llegase a regresar al país.

Los procesos de solución de la situación jurídica de comparecientes en la JEP

Actualmente, tanto la Sala de Amnistía o Indulto como la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas avanzan en la tarea de resolver de forma definitiva la situación jurídica de los comparecientes de las Farc-EP, miembros de la fuerza pública, agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública y otros terceros civiles, como parte de una de las garantías que quedaron fijadas en el Acuerdo Final de Paz para cerrar jurídicamente el conflicto armado interno.

A febrero de 2025, la Sala de Amnistía o Indulto ha realizado 4.238 trámites de amnistía con comparecientes de las Farc-EP. En cuanto a las amnistías de iure presidenciales es necesario precisar que, entre 2017 y 2018, el Gobierno colombiano amnistió a más de 9.700 integrantes de las extintas Farc-EP por delitos políticos.

De otro lado, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas avanza en la solución de la situación jurídica de al menos 9 mil comparecientes de la fuerza pública que no han sido seleccionados como máximos responsables en crímenes cometidos durante el conflicto. A la fecha, esta Sala ha aplicado la renuncia a la persecución penal a 93 miembros de la fuerza pública que no fueron seleccionados como máximos responsables en crímenes de guerra y de lesa humanidad durante el conflicto armado.

Y, en ese mismo sentido, a través de la Subsala Especial para comparecientes que pertenecieron o colaboraron con las Farc-EP, la Sala de Definición se encuentra estudiando los procesos de aproximadamente 80 exintegrantes y antiguos colaboradores de esta guerrilla que participaron en crímenes no amnistiables, pero que no han sido catalogados como máximos responsables en los patrones de macrocriminalidad definidos en la Sala de Reconocimiento.

Para afianzar esta labor, el Órgano de Gobierno de la JEP aprobó la movilidad de una magistrada de la Sala de Amnistía o Indulto para apoyar a la Sala de Definición en el objetivo de definir la situación jurídica de estos comparecientes. Actualmente, el despacho en movilidad se encuentra avanzando en la definición de la competencia de la Sala frente a estos casos, la notificación a las víctimas y el recaudo de los aportes a la verdad, con miras a otorgarles beneficios como la renuncia a la persecución penal.

Los comparecientes que transitan esta ruta no sancionatoria que resuelve su situación jurídica sin sanciones, deben cumplir, en todo caso, con el régimen de condicionalidad como condición para acceder y mantener estos beneficios transicionales. Para ello, deberán garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la restauración y la no repetición.

 

Fuente: https://pacocol.org/ con Información de la JEP

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Firme la Carta Abierta para el Retorno de Ricardo Palmera (Simón Trinidad) a Colombia en Apoyo a la Paz Total

Por favor, añada su apoyo organizativo o individual a la carta abierta que pide el regreso de Ricardo Palmera (Simón Trinidad) a su país de origen, Colombia, para que cumpla su papel de apoyo al Plan de Paz Total del país. La carta se enviará a mediados de septiembre a los gobiernos estadounidense y colombiano, y a las Naciones Unidas. Para más información Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla.

Para firmar ingrese aquí: https://afgj.salsalabs.org/QueRicardoPalmeraSimnTrinidadvuelvanaColombia/index.html

 

Carta Abierta al presidente colombiano Gustavo Petro, presidente estadounidense Joe Biden, y secretaria general de ONU Antonio Guterres:

Si los gobiernos de Estados Unidos y Colombia quieren realmente la paz en Colombia, con todo lo que ello significa para el mundo, entonces deben trabajar juntos para que Ricardo Palmera, también conocido como Simón Trinidad, regrese a su país natal para prestar sus muy necesarios conocimientos al Plan Paz Total.

Por muchas razones decimos que «La paz de Colombia es la paz del mundo».  La primera de ellas es por el papel que Colombia desempeña política y militarmente en América Latina y por el planeta.

Colombia alberga numerosas bases militares estadounidenses. Ha colaborado ampliamente con EE.UU. en la formación de decenas y decenas de miles de militares, policías y personal penitenciario en todo el continente americano. Colombia es el único socio global latinoamericano de la OTAN y el único país sudamericano que ha enviado tropas a la guerra de Corea, Afganistán, Irak y Yemen. El impacto de Colombia es de gran alcance. Cuando Colombia desciende a la violencia política y a la guerra, nos afecta a todos; y cuando Colombia asciende a la paz con justicia, ilumina un camino para las naciones.

Durante las negociaciones que dieron lugar a los acuerdos de paz de 2016 entre el gobierno colombiano y las antiguas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia - Ejército del Pueblo, la delegación de las FARC-EP siempre incluía una silla vacía para Ricardo Palmera, o, por su nombre de guerra, Simón Trinidad. Palmera ha sido y es una de las personas más conocedoras de las raíces y posibles soluciones del conflicto social y armado en Colombia. Es un intelectual y economista que ha dirigido varias misiones de resolución de conflictos, incluida la participación en el proceso de paz entre 1998 y 2002 bajo la administración del presidente Andrés Pastrana.

Palmera se unió a las FARC-EP en 1989 tras sufrir graves amenazas por su participación en la Unión Patriótica. La Unión Patriótica es un partido de izquierda que vio cómo asesinaban a más de 4.000 de sus miembros en un periodo de diez años, incluidos un candidato a vicepresidente y dos a presidente. Palmera era miembro original de «Los Independientes», un grupo de académicos que apoyaban a la Unión Patriótica. Cuando todos sus demás miembros eran asesinados o se veían obligados a exiliarse, Palmera tomó la decisión de alistarse en las FARC-EP.

La presencia de Palmera fue solicitada para las negociaciones de paz en La Habana entre 2012 y 2016 al igual que es necesaria en la actualidad como parte del desarrollo de un Plan de Paz Total.  ¿Por qué estaba vacía su silla?

Palmera fue detenido hace más de 20 años, en enero de 2004, en Ecuador, mientras realizaba una misión aprobada por las Naciones Unidas para gestionar la liberación de cautivos de las FARC-EP. Fue extraditado a Estados Unidos en noviembre de 2004, donde fue sometido a una serie de juicios nulos y sin jurado. Al final, la fiscalía sólo consiguió que el jurado lo condenara por «conspiración para secuestrar», basándose en su pertenencia a las FARC-EP, que el gobierno estadounidense definió como parte de una conspiración criminal.

Desde entonces permanece recluido en régimen de aislamiento en la prisión Supermax de Florence, Colorado, Estados Unidos. Según los términos de los acuerdos de paz de 2016, si Palmera hubiera permanecido en Colombia cumpliendo su pena de prisión, habría estado amparado por dichos acuerdos y liberado de su encarcelamiento como parte del proceso de paz.

El gobierno de EE.UU. ha utilizado el proceso de extradición para interferir con la soberanía de Colombia, así como con su proceso de paz y sus esfuerzos para el esclarecimiento de la verdad y la reconciliación. Por ejemplo, la extradición de paramilitares colombianos ha obstaculizado los esfuerzos del país por investigar las conexiones de los escuadrones de la muerte con los líderes empresariales, militares y políticos de Colombia. Sin embargo, recientemente, Estados Unidos ha cooperado con la repatriación de líderes paramilitares como Salvatore Mancuso, que ha sido nombrado por el gobierno colombiano Gestor de Paz para el desarrollo del Plan de Paz Total propuesto por el presidente Gustavo Petro.

Sin embargo, aunque la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) amnistió recientemente a Palmera por sus cargos en Colombia, hasta ahora, el presidente Petro no ha hecho ninguna solicitud de repatriación de Palmera. Esa solicitud debe hacerse, y la administración del presidente estadounidense Joe Biden debe concederla.

A través de las Américas y alrededor del mundo, todos tenemos interés en apoyar la paz en Colombia como parte de nuestra búsqueda de «paz para el mundo.» Nosotros, los abajo firmantes, por lo tanto, hacemos los siguientes llamados tanto al gobierno colombiano como al de los Estados Unidos y a los presidentes Gustavo Petro y Joe Biden:

  1. Que las administraciones del Presidente de Colombia Gustavo Petro y del Presidente de los Estados Unidos Joe Biden tomen las medidas jurídicas pertinentes y necesarias extpara repatriar a Ricardo Palmera a Colombia lo más pronto posible para que pueda participar en el desarrollo del Plan de Paz Total;
  2. Que hasta que Palmero sea repatriado a Colombia, se le permita participar en sesiones virtuales con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Firmantes:

Coordinadora Americana por los Derechos de los Pueblos y Victimas de la Prisión Política (Internacional)

Observatorio de los Derechos Humanos de los Pueblos (Internacional)

Roger Waters, Musician and Human Rights Activist (Inglaterra)

Gerald Horne, Historian and Author (EEUU)

Vanessa Ramos, President of the Asociación Internacional de Juristas (Internacional)

Red Condor Collective (Organización internacional de Colombianes en el exterior)

International League of Peoples’ Struggle – ILPS (Internacional)

Fundación Lazos de Dignidad (Colombia)

Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (Colombia)

Sindicato Memoria Viva (Colombia)

Centro de Derechos Humanos del Pacífico (Colombia)

Alliance for Global Justice (EEUU)

Freedom Road Socialist Organization (EEUU)

Party for Socialism and Liberation (EEUU)

Anticonquista (EEUU)

ANSWER – Act Now to Stop War and End Racism (EEUU)

Task Force on the Americas (EEUU)

Black Alliance for Peace - Haiti/Americas Team. (EEUU)

Communist Workers' Platform USA – CWPUSA (EEUU)

Anti War Action Network – AWAN (EEUU)

United National Anti-War Coalition (EEUU)

Marxism-Leninism Today (EEUU)

Popular Resistance (EEUU)

Soldepaz Pachakuti (Asturias, España)

Comunistes de Catalunya (Catalunya)

Comité de Defensa de los Derechos de la Mujer – CODEM (Mexico)

Frente Comunicacional Anti-Imperialista de Nuestra América (Bolivia)

 

(Y más que son actualizados paulatinamente.)

Afroamericano es “devorado vivo” por chinches en cárcel de EEUU

Lashawn Thompson un prisionero que se encontró en una cárcel del condado de Fulton, Atlanta, Estados Unidos, fue comido vivo por chinches en su celda.

La familia de Thompson, un afroamericano de 35 años, exige una investigación criminal que permita esclarecer las circunstancias del deceso.

De acuerdo a los informes, la celda de Thompson se encontró tan sucia que para poder entrar a ella ponerse un traje de seguridad diseñado para proteger materiales peligrosos.

Según la policía, LaShawn Thompson fue arrestado en Atlanta en julio pasado por una agresión menor.

El hombre se encontraba recluido en una unidad psiquiátrica por supuestos problemas de salud mental, pero se precisaba que estaba sano.

Tras realizar la autopsia, el cuerpo de Thompson, mostró infección de pequeños insectos en el cuerpo, los cuales podrían ser chinches debido a su tamaño.

Los médicos informan que la cara y sus extremos superiores e inferiores muestran cortes y lesiones provocadas por la picadura de chinches.

El abogado de la familia, Michael D. Harper, aseguro que su cliente fue “comido vivo” por insectos y chinches por lo que procederán a las investigaciones.

“El señor Thompson fue puesto en un lugar que no era apto ni para un animal enfermo”, aseguró el abogado.

 

Fuente: https://es.irna.ir/ 

#SimonTrinidadGestorDePaz - "Es un contraste brutal con concesiones hechas a jefe paramilitar Mancuso"

 

Por: Patria es Solidaridad Asuntos Humanitarios - @ap_solidaridad

Simón Trinidad, preso político extraditado desde hace 20 años, solicita las gestiones internacionales para su repatriación y poder ser oído, ante el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que le otorga tal beneficio.

Es un contraste brutal con las concesiones hechas al jefe paramilitar Salvatore Mancuso, que ordenó masacres y asesinatos: se presentó ante la Justicia Especial de Paz (JEP) cuatro días por videoconferencia desde EE.UU. sin restricciones y ahora es repatriado.

#SimonTrinidadLibre

#SimonTrinidadGestorDePaz

 

Sin derechos los prisioneros políticos

Por: Diógenes Galvis desde la cárcel de Jamundí

El 11 de noviembre de 2022 en París, Francia, el Presidente de Colombia se reunió con Nicolás Maduro, allí declaró que como un gesto de paz, “debía haber una amnistía que cobije a todas las personas detenidas por razones políticas en Venezuela”.

El pasado 24 de enero en Buenos Aires, Argentina, durante la VII Cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac), el Presidente de Colombia dijo que “no debe haber un solo preso político en América Latina”.

Le queremos recordar al Presidente que en Colombia hay cientos de detenidos por razones políticas, en ejercicio del derecho a la rebelión y en ejercicio del pensamiento crítico; no debe olvidar que en Colombia tenemos cientos de montajes judiciales cuyo fundamento es la persecución política.

Durante décadas en nuestro país las clases dominantes han negado la existencia de los prisioneros políticos, para no admitir que en Colombia hay un Conflicto en el que miles de hombres y mujeres ejercen la rebelión legítimamente, como un derecho fundamental de los pueblos.

Derechos esenciales

Son derechos políticos el derecho al sufragio (el derecho a elegir, a ser postulado y a ser elegido); a ejercer acciones y funciones públicas, a participar en los referéndum y plebiscitos, a participar en la vida civil y política del Estado en condiciones de igualdad y sin discriminación; entre otros derechos  que en Colombia están claramente vedados para las mayorías por el régimen despótico imperante, por que debemos recordar el Artículo 35 de la Declaración de los Derechos Universales de los Pueblos de 1948, que dice:

«Cuando los Gobiernos violan los derechos de los pueblos; la rebelión es una necesidad de los pueblos y un deber de los mismos, a rebelarse en aras de buscar la superación de los Gobiernos tiranos.»

Pese a que liberarse de las tiranías es un legítimo derecho de los pueblos, persiste la fuerte condena al rebelde, persiguen al que piensa diferente al establecimiento y/o al que divulga, devela o denuncia las actuaciones tiranas y violatorias de los derechos contra los ciudadanos por parte del régimen dominante.

Invisibilizados

En Colombia la negación de la existencia de prisioneros políticos, ha impedido que haya una estadística real sobre cuántas personas hay actualmente en las cárceles por razones políticas, ya sea en ejercicio de la rebelión o de su pensamiento crítico; mucho menos hay estadísticas de los montajes judiciales, práctica muy común en el país, sobre todo por parte de los dos últimos Fiscales Generales Néstor Humberto Martínez y Francisco Barbosa.

Las personas que se encuentran en prisión al rebelarse ante Gobiernos tiranos, enfrentan cargos o procesos que disfrazan su causa con otros tipos de delitos punibles, para negar las causas que originan el descontento en la lucha de quienes son procesados o condenados; además, el Estado se encarga de ejercer una venganza y tortura que atenta contra su dignidad humana y nuevamente contra sus derechos.

Luchan por la dignidad y la libertad

Desde este 14 de febrero, en varias cárceles se adelantan jornadas de desobediencia y cerca de 400 presas y presos políticos y sociales han iniciado una huelga de hambre indefinida, huelga que se desarrolla en las cárceles de Palogordo en Santander, La Dorada en Caldas y Cojam en el Valle del Cauca, para que sean atendidas sus exigencias y el Ministerio público instale Mesas de interlocución para atender sus problemas; exigen también ser parte en la construcción y debate de la Reforma a la Justicia que adelanta el actual Gobierno.

Este acto de dignidad debe llamar la atención a todos los que tenemos sensibilidad humana y damos coherencia a la lógica de la lucha por un mundo mejor; por ello, se hace necesario hacer causa común en contra de la persecución a los que ejercen el derecho de pensar, actuar y opinar distinto al patrón ideológico de los Gobiernos tiranos.

Estamos de acuerdo con el Presidente de Colombia, en América Latina no debería existir ningún prisionero político. Esta declaración Gustavo Petro debe materializarla en nuestro país, para así abrir caminos que permitan la construcción de la paz como un patrimonio nacional; en tal sentido, proponemos que como paso necesario para iniciar con ese magno anhelo, debe ser concedida amnistía e indulto para todos los prisioneros políticos y poner en libertad a todas las personas, mujeres y hombres que se encuentren tras las rejas por motivos políticos ideológicos en contra de la tiranía.

 

Fuente:  https://eln-voces.net/